En un video que se hizo viral y causó revuelo en las redes sociales, quedó registrado el momento en el que dos perritos, dentro de unas estopas, son subidos a la bodega de un bus afiliado a la empresa de transporte Velotax en la terminal de transportes de Pereira.
La compañía de origen tolimense a través de un comunicado se pronunció sobre este hecho, que fue repudiado por miles de internautas que lo calificaron como un flagrante caso de maltrato animal.
El comunicado
Señala el pronunciamiento de Velotax, que “las mascotas ingresaron a la terminal en compañía de su dueño en un costal, nuestro conductor, una vez depositados en la bodega los retira del elemento y ubica cuidadosamente dándoles un trato digno, inclusive durante el recorrido (en la vía) estuvo pendiente de la hidratación y estado de los mismos”.
En el comunicado de la empresa, se agregó que los animales fueron entregados en Ibagué para que continuaran con su destino.
Por último, Velotax le solicitó a la persona que difundió el video que lo publique completo, pues según ellos, se está desinformando, generando confusión y malestar injustificado entre la opinión pública.
Cinco recomendaciones
En la página web del Ministerio de Transporte, la Superintendencia de Transporte establece una serie de recomendaciones para las personas que van a transportar mascotas:
1. El usuario debe informarse previamente y seguir al pie de la letra las políticas establecidas por la empresa prestadora del servicio, sobre las condiciones para el transporte de su mascota.
2. La Ley 1801 de 2016 establece que los ejemplares caninos deben ir sujetos por una correa y provistos de bozal cuando se trate de perros potencialmente peligrosos.
3. El usuario deberá transportar las mascotas en guacales o contenedores destinados a su movilización. Cuando se trate de animales pequeños, este elemento podrá ser cargado por el dueño.
4. Muchas empresas tienen restricciones relacionadas con las medidas del guacal, un número determinado de respiraderos, el peso de la mascota, así como podrán solicitarle que la misma haga uso de pañal. Infórmese previamente antes de emprender el viaje.
5. Las condiciones de transporte como rutas, horarios habilitados, vehículos, así como el precio del transporte respecto de mascotas de tamaño grande, deberán ser fijadas por la empresa transportadora con el fin de garantizar la comodidad de los usuarios.
6. En materia de salubridad, deberá portar el carné en el que conste la regularidad y actualidad de las vacunas.
7. De conformidad con el Decreto 1660 de 2003, no podrá ser negado el acompañamiento de animales a personas en condición de discapacidad, sin embargo, no deben obstaculizar una rápida evacuación en caso de emergencia.
8. El Código de Policía, Ley 1801 de 2016, establece que no se les puede impedir el ingreso o permanencia de perros lazarillos que, como guías, acompañen a su propietario en los medios de transporte.
9. Quien transporte el animal, será responsable de su cuidado y del contenedor que use para llevarlo, bajo las normas de higiene y comodidad para los demás pasajeros.
10. Si el transporte del animal se da sin observancia de las condiciones de seguridad, salubridad y comodidad exigidas, la misma podrá ser decomisada por la autoridad competente.