El Tribunal Superior de Armenia declaró a la zona ambiental del Valle del Cocora, en Salento, Quindío, como sujeto de derechos, es decir, reconoce que por la omisión de las entidades responsables, este ecosistema ha sido vulnerado y en consecuencia se hace necesario proteger sus derechos y recursos.
El fallo determinó que la falta de un modelo de turismo sostenible en la zona atenta contra los derechos fundamentales a la salud, mínimo vital, dignidad en conexidad con el de goce de un ambiente sano y la protección de las riquezas culturales y ambientales.
Y más concretamente, “pone en riesgo el recurso hídrico que regula el Valle y del cual depende cerca de 300.000 habitantes en Quindío debido, en buena medida, a la dinámica turística sin control”, según explicó a este medio el presidente del Concejo de Salento, Jaime Arias, accionante de la tutela.
Para poner en contexto la problemática, expone el director de la Fundación Ecológica Cosmos, Néstor Ocampo, es necesario explicar que “en un término menor a 20 años, dada su belleza paisajística, el Cocora se convirtió en uno de los más importantes destinos turísticos del país trayendo unas modificaciones en el ritmo de vida de los habitantes y en el paisaje, por ejemplo, y el impacto ambiental derivado de esta actividad”, explica.
Detalla Ocampo que las autoridades han eludido la tarea de definir una capacidad de carga ambiental en la zona, mejor dicho, poner topes a la cantidad de turistas y los recursos que estos consumen.
“No estamos hablando de impactos subjetivos. Somos el departamento con los ecosistemas más modificados del país y hace tres años aparecimos en el estudio del Observatorio de Salud como el departamento con más alto índice de morbilidad y mortalidad por factores del agua y aire; en resumidas cuentas, hemos traspasado el límite de lo que aguanta el territorio y el turismo es gran responsable de ello”.
El Tribunal dejó en evidencia esa falta de regulación a la actividad turística al referir que a pesar de solicitar a la alcaldía de Salento evidencias de acciones de prevención del daños ambientales la entidad no elevó evidencia alguna, con el agravante de que el plan estratégico de turismo del municipio data de hace 20 años.
El Tribunal ordenó que en un plazo máximo de 15 días se reanuden las mesas de trabajo a fin de actualizar y establecer mediante un estudio técnico la capacidad de carga ambiental del Valle del Cocora, su implementación y ejecución.
Según Fontur desde 2019 se presentó un análisis de la capacidad de carga del ecosistema ambiental, pero se suspendió en marzo por la pandemia.
Esta tarea le compete a la alcaldía de Salento, Parques Nacionales, Gobernación, corporación autónoma y Cámara de Comercio del Quindío.
Además, señala el concejal Arias, “cualquier acción que se vaya a emprender en torno al recurso hídrico y la búsqueda de un turismo sostenible debe tener a la comunidad como principal protagonista. Hice un ejercicio de consulta con propietarios ubicados en el Valle y están de acuerdo en que es necesario que las autoridades responsables adelanten la discusión de un turismo que no fulmine los recursos de esta zona”.