El Ministerio de Educación expidió este jueves la directiva 13, la cual contempla una serie de recomendaciones para el desarrollo de las actividades académicas en laboratorios prácticos y de investigación en Instituciones de Educación Superior, así como para su regreso a la presencialidad, con alternancia, en agosto próximo.
La directiva establece recomendaciones para gobernadores, alcaldes y rectores de Instituciones de Educación Superior y de Educación para el Trabajo y Desarrollo Humano, en las cuales se entregan medidas de bioseguridad y de distanciamiento social establecidos por el Ministerio de Salud, en coordinación con las autoridades regionales.
Dentro del proceso para el regreso a clases de las instituciones de Educación Superior se contemplan dos fases: una primera, que estará en marcada en el regreso progresivo a los laboratorios prácticos y de investigación, que orienta sobre la movilización de los estudiantes, docentes y miembros de la comunidad educativa de los programas que requieran su uso inmediato.
La segunda fase tiene que ver con las recomendaciones para el retorno gradual y progresivo a las actividades académicas que exijan presencialidad desde agosto, a través de la modalidad de alternancia; donde las instituciones de educación superior tendrán en cuenta la capacidad instalada, el número y características de la población estudiantil, docente y personal administrativo que se movilizarían.
El Ministerio pidió tener en cuenta los protocolos de bioseguridad expedidos por el Ministerio de Salud, así como implementar medidas en coordinación con los gobiernos regionales y locales, con el fin de cumplir con las orientaciones con motivo del regreso de estudiantes, tanto a los laboratorios de prácticas y de investigación, como a la presencialidad.
Entre las medidas, las universidades tienen que identificar y caracterizar a la comunidad educativa, con el fin de desarrollar un sistema de vigilancia de salud pública para la prevención, detección, control y manejo por riesgo asociado al virus; así como establecer medidas específicas para el personal docente y administrativo mayor de 60 años y con cormobilidades.
En ese sentido, tendrá que recolectar información de las personas que ingresen a las instituciones, con el fin de facilitar la identificación de contagios y del cerco epidemiológico en caso de contagio de un estudiante, docente o miembro del personal administrativo o visitante, con detalle de la información de contacto.
También se debe controlar el número máximo de personas que puedan ingresar a las instituciones durante el retorno a los laboratorios, así como el retorno a la presencialidad con alternancia. La universidades tendrán protocolos de logística que permita en tiempo real hacer este seguimiento. También se debe tener en cuenta el ingreso de proveedores y visitantes.
Finalmente, se debe fomentar y difundir las medidas de cuidado y prevención del contagio al interior de las instituciones, establecer protocolos que permitan la identificación rápida y oportuna de los contagios, socializar y acoger los protocolos de uso del transporte público y privado, y acoger una cultura de corresponsabilidad y autocuidado en la comunidad educativa.