Una multa superior a los 219 millones de pesos le fue impuesta a la Aerolínea Interjet por para de la Superintendencia de Transporte por no haber acatado las órdenes impartidas para validar la protección de los derechos de los consumidores y velar por la continua prestación del servicio de transporte aéreo por parte de esta aerolínea.
Según reportó la Supertransporte, esas órdenes se habían expedido luego de recibir 64 denuncias de ciudadanos indicando la dificultad de contactar con la sociedad para indagar sobre sus vuelos, cambios de itinerario, información sobre reembolsos y situaciones en general. Luego, vencido el término otorgado para el acatamiento de cada una de las medidas, y previa solicitud de explicaciones a la aerolínea, lo cual tampoco fue atendido.
De acuerdo con el superintendente de Transporte, Camilo Pabón Almanza, “desde la Superintendencia de Transporte estamos oyendo permanentemente a los usuarios de los distintos modos de transporte, y emitiremos las órdenes y requerimientos que haga falta para asegurar el cumplimiento de los derechos de los usuarios. Por eso, en casos en donde se emiten órdenes administrativas que no se realizan, acudimos a medidas más drásticas, buscando que las compañías presten un servicio idóneo y de calidad, acorde a lo que esperan y necesitan los colombianos”.
Entre las solicitudes de la Superintendencia de Transporte a Interjet, era emitir y difundir un comunicado de prensa en donde indique a los usuarios los canales y horarios de los que dispone la aerolínea para para recibir y atender de manera oportuna las peticiones, quejas y reclamos presentados por los usuarios; presentar e implementar un plan de atención a usuarios; allegar a la Superintendencia el Sistema de Atención a Usuarios con el que cuenta en los aeropuertos donde opera en Colombia.
Contra la decisión de multa impuesta a la aerolínea proceden los recursos de reposición y apelación, de conformidad con lo previsto en el artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Se garantizarán los principios del debido proceso y el derecho de defensa, y se precisa que el procedimiento sancionatorio iniciado se realizará de conformidad con lo establecido en la ley.