La Procuraduría General de la Nación sancionó con destitución e inhabilidad por 13 años al exgerente del IMDRI, Carlos Heberto Ángel Torres; y a Lina Piedad Celis, exdirectora Administrativa, Financiera y Técnica; por la destinación oficial diferente de dineros que debieron ser invertidos en infraestructura deportiva y que terminaron en el pago de impuestos.
En fallo de primera instancia, el órgano de control determinó que los directivos incurrieron en falta disciplinaria al dar una destinación diferente a los recursos de la Cuenta Corriente No. 300-09321-8 del Banco de Occidente, partida prevista para la “pre inversión e inversión Infraestructura” en los XX Juegos Deportivos Nacionales y IV Paranacionales 2015.
La PGN encontró que con esos recursos fueron cancelados los impuestos de Retención en la Fuente, IVA e Industria y Comercio de la vigencia 2014, comportamiento con el cual los disciplinados incurrieron en el delito de peculado por aplicación oficial diferente, previsto como falta disciplinaria en la Ley 734 de 2002.
“El delito de peculado por aplicación oficial diferente -se reitera-, es una conducta que una vez trasladada al campo disciplinario, conlleva una responsabilidad del servidor público, toda vez que el mismo, actuando en el ejercicio de sus funciones, se aparta del cumplimiento de sus deberes funcionales, afectándolos y con ello la labor encomendada”.
El órgano de control desestimó los argumentos de la defensa de los exdirectivos del IMDRI en cuanto a que la única alternativa que tenían para el pago de impuestos era acudir a los recursos de inversión de destinación específica, toda vez que el instituto contaba con otros mecanismos disponibles como financiamientos, traslados y adiciones presupuestales, entre otros.
Para el Ministerio Público con esta actuación se afectó de manera directa no solo a la comunidad destinataria y beneficiaria de los proyectos y programas de inversión social, con los cuales se pretendía lograr una mayor competitividad de la infraestructura deportiva para los juegos nacionales, sino la función pública que obliga a acatar las normas y procedimientos señalados en la Constitución y la ley.
La PGN calificó definitivamente la falta de los exdirectivos como gravísima a título de dolo.
Con esta decisión la Procuraduría General ha proferido tres fallos sancionatorios contra directivos del IMDRI de Ibagué por irregularidades y actos de corrupción en la contratación relacionada con los XX Juegos Deportivos Nacionales y IV Paranacionales 2015.