Piden a la Corte Constitucional a que inste al Congreso a ir presencialmente

Un grupo de congresistas de la oposición, en una carta a la Corte Constitucional, le piden que insten a las directivas del Senado y la Cámara de Representantes, para que orden el trabajo presencial, en especial porque está por comenzar una nueva legislatura el próximo 20 de julio.

La comunicación va firmada entre otros por los senadores Roy Barreras (La U), Rodrigo Lara (Cambio Radical), Antonio Sanguino (Verde), Roosvelt Rodríguez (La U), Griselda Lobo (Farc), Iván Cepeda (Polo Democrático) y la representante María José Pizarro (Mais).

La petición, dicen los congresistas, la hacen soportados en el artículo 241 de la Carta Política que “le otorga a la Honorable Corte Constitucional la guarda de la integridad y supremacía de la Constitución, de manera respetuosa los abajo firmantes solicitamos que como máximo órgano de la jurisdicción constitucional exhorten a la Mesa Directiva del Congreso de la República a la realización de sesiones presenciales, en la sede constitucional del órgano legislativo definido en el artículo 140 de la Constitución”.

Plantean igualmente que “le solicitamos a la máxima corporación constitucional que restaure el equilibrio de poderes que en medio de la crisis que se vive actualmente en Colombia por cuenta de la pandemia del Covid-19, se ha visto desbalanceado a favor del ejecutivo y de un exacerbado presidencialismo, por cuenta además de un funcionamiento a medias del Congreso de la República”.

Los senadores y representantes sostienen que la virtualidad es muy precaria, recuerdan, segÚn ellos, que no se pudo adelantar el adecuado control político de que trata el artículo 215 de la Constitución Política al Estado de Emergencia Económica Social y Ecológica declarado a través del Decreto 417 de 17 de marzo de 2020. “Sin la presencia requerida del Gobierno Nacional y en unas pocas horas antes del cierre de las sesiones ordinarias se pretendió dar este debate dando unos pocos minutos a cada Senador para su participación, a pesar de que en esta declaratoria de Estado de Excepción se profirieron, como lo saben ustedes también, más de setenta (70) decretos legislativos y más de veinte (20) decretos administrativos u ordinarios que incluyen incluso las medidas de aislamiento preventivo obligatorio,

que limitan la libertad de locomoción de las personas y que de acuerdo con la misma Carta Política, esta limitación solo se puede hacer mediante Ley de la República”.

Finalmente le dicen al máximo tribunal que “ustedes como corporación constitucional están analizando la validez de las medidas tomadas por el Gobierno Nacional, pero el órgano legislativo encargado

de analizar la eficacia de estas medidas se encuentra cercenado en el ejercicio de sus funciones por su propia Mesa Directiva. Adicional a esto, el límite de participación de cada congresista en las sesiones no

presenciales, no fue óbice para que el Congreso de la República reformara la Carta Política, ni más ni menos que en su parte dogmática, en clara contravía del

principio de legalidad constitucional que rige para los coasociados en Colombia y que hasta el mes de junio de 2020 y desde 1936 entendían que en este País nunca serían condenados a pena de prisión perpetua”.

Noticias Recientes

Suscríbete

Recibe contenido diario con nuestra suscripción mensual.

Danos tu opinión