Tras la ampliación del aislamiento preventivo hasta el 1 de septiembre, la Administración Municipal expidió el Decreto 1000-0401 del 31 de julio en el que se establece, además del Plan Ibagué 5 por 2, otras medidas para salvaguardar el bienestar de los ciudadanos.
La Alcaldía de Ibagué pondrá en marcha el toque de queda en la modalidad 5 por 2, el cual fue socializado previamente con: especialistas médicos, estadísticos expertos y gremios económicos. Este, se adoptó teniendo en cuenta que la ciudad se encuentra en etapa de moderada afectación por el incremento de personas contagiadas.
Dicha estrategia plantea cinco días de productividad por dos días de aislamiento en casa, lo cual permitirá no solo proteger la vida de los ibaguereños, sino que garantizará la reactivación de los diferentes sectores comerciales habilitados.
Así las cosas, habrá restricción todos los días para la circulación de ciudadanos desde las 10:00 p.m. hasta las 5:00 a.m. del día siguiente, salvo los próximos tres fines de semana, en el que se activará el toque de queda permanente, permitiendo el desarrollo económico, productivo y responsable:
-Desde el sábado primero de agosto a las 5:00 de la tarde, hasta el lunes 3 de agosto a las 11:59 de la noche.
-Desde el jueves 6 de agosto a las 10:00 de la noche, hasta al domingo 9 de agosto a las 05:00 de la mañana.
-Desde el sábado 15 de agosto a las 5:00 de la tarde, hasta el lunes 17 de agosto a las 11:59 de la noche.
Los trabajadores del sector comercio que se encuentren en las actividades exceptuadas por el Decreto 1076 de 2020, les aplicará toque de queda durante los fines de semana del primero al 3 de agosto y del 15 al 17 de agosto desde las 7:00 de la noche para que puedan desarrollar inventario y desinfección de sus establecimientos.
De igual forma, se encuentran exceptuadas de la restricción de circulación de ciudadanos las siguientes empresas y actividades:
-Las contempladas en el Decreto 457 del 22 de marzo de 2020
-Sector de la construcción y manufactura
-Construcción obras de infraestructura de transporte y obra pública, así como cadena de suministros
-Producción, abastecimiento, almacenamiento, reparación, mantenimiento, transporte y distribución de industrias manufactureras
Horarios para establecimientos de comercio
El presente decreto anuncia, además, los horarios para la prestación de servicio de los establecimientos de comercio:
-Mantenimiento y reparación de vehículos automotores: Desde las 8:00 de la mañana hasta las 6:00 de la tarde
-Papelerías y Centros de Diagnóstico Automotor: Desde las 9:00 de la mañana hasta las 7:00 de la noche
-Centros comerciales: Desde las 9:00 de la mañana hasta las 9:00 de la noche
-Comercio en general: Desde las 9:00 de la mañana hasta las 8:00 de la noche
-Establecimientos de bienes y servicios de primera necesidad: Desde las 6:00 de la mañana hasta las 9:00 de la noche
Para la extensión del aislamiento preventivo hasta el próximo primero de septiembre, se continuará implementando el pico y cédula en el horario de 5:00 de la mañana hasta las 9:00 de la noche:
Lunes: 0-1-2-3
Martes: 4-5-6-7
Miércoles: 8-9-0-1
Jueves: 2-3-4-5
Viernes: 6-7-8-9
Sábado: 0-1-2-3-4
Domingo: 5-6-7-8-9
Medida de pico y cédula modelo 5 por 2
Como está contemplado en el nuevo modelo 5 por 2 que se desarrollará los próximos fines de semana, se determinó el pico y cédula que aplicará para las fechas establecidas 1, 2, 3, 7, 8, 15, 16 y 17 de agosto, en el cual solo una persona por familia podrá salir abastecerse en el horario desde las 5:00 de la mañana hasta las 5:00 de la tarde:
-1 de agosto: Dígitos impares
-2 de agosto: 5-6-7-8-9
-3 de agosto: 0-1-2-3
-7 de agosto: 6-7-8-9
-8 de agosto: 0-1-2-3-4
-15 de agosto: Dígitos pares
-16 de agosto: 5-6-7-8-9
-17 de agosto: 0-1-2-3
Durante los días restantes del mes de agosto, la medida de pico y cédula regirá conforme a lo establecido previamente.
Finalmente, el Ministerio del Interior dio el visto bueno para la reapertura de hoteles, moteles y establecimientos de alojamiento temporal, y así fortalecer la económica de la ciudad. Las actividades anteriormente mencionadas y las exceptuadas, deberán dar cumplimiento a las resoluciones expedidas por el Ministerio de Salud.