El Gobierno Nacional estableció nueva medidas con respecto al procedimiento automático de devolución o compensación de saldos a favor del Impuesto sobre la Renta y Complementarios y del Impuesto sobre las Ventas IVA, y determinó accione de fiscalización virtuales.
La medida se tomó a través del decreto 807 de 2020, en el que se explica que hasta el 19 de junio los contribuyentes y responsables del Impuesto sobre la Renta y del Impuesto sobre las Ventas, que no sean calificados de riesgo alto en materia tributaria, podrán hacer el trámite de solicitud de devolución.
También se informa que las solicitudes que se radicaron hasta el 18 de junio del presente año, bajo el trámite establecido en el Decreto 535 de devoluciones abreviadas, tendrán que terminar de tramitarse bajo ese procedimiento.
En cuanto a la fiscalización por medio virtual, el Decreto explica que la administración tributaria podrá realizar inspecciones tributarias y contables de forma virtual, al igual que visitas de inspección, vigilancia y control bajo esta modalidad.
El propósito, según explica el Decreto, es constatar la exactitud en el cumplimiento de las obligaciones formales y sustanciales de los contribuyentes, los usuarios cambiarios y/o terceros.