IBAGUÉ. Fue enviada a la Cárcel de Picaleña Angie Lizbey Rodríguez Mendoza, señalada de asesinar mediante asfixia mecánica a su bebé recién nacido. El menor tendría entre 7 y 8 meses de gestación cuando fue asesinado en una casa de la vereda El Rodeo.
La mujer de 21 años de edad, fue capturada en la avenida Mirolindo contiguo al Molino Ambalá, por agentes del CTI por orden del Juzgado Séptimo de Garantías emanada el pasado 21 de diciembre.
La mujer, quien lloró durante casi toda la audiencia, excepto cuando escuchó el dictamen del Instituto de Medicina Legal, no aceptó los cargos por homicidio agravado que le imputó la Fiscalía.
La denuncia. Para el 29 de marzo del año pasado la detenida residía en la finca Los Colorados, de la vereda El Rodeo de Ibagué. Allí entró al baño de la vivienda donde tardó hora y media, durante ese tiempo llamó a una de sus dos hijas menores de edad para que le llevara un jabón.
A una familiar de la detenida le llamó la atención que ella salió del baño con un balde y lo puso debajo del lavadero, así que en la noche revisó y encontró en el balde con agua, debajo de algunas prendas, entre una bolsa y envuelto entre una toalla, el cuerpo del bebé muerto.
La allegada indagó a Rodríguez Mendoza, quien le contestó que el bebé había nacido muerto, sin embargo, el caso fue avisado a la Sijín de la Policía que llegó hasta la vivienda y el caso fue tomado en la Fiscalía como un posible aborto.
El crimen. La mujer fue llevada a un centro médico donde señalaron que había tenido un bebé.
El cuerpecito del neonato fue examinado por un médico en el Instituto de Medicina Legal, quien señaló que se trataba de un feto masculino y que no había muerto a causa de un aborto, tampoco por la condición fetal, ni antes de la expulsión ni del nacimiento.
Según la Fiscal Novena de la Unidad de Vida, el dictamen médico legal refiere que el bebé nació vivo, no halló líquido amniótico, fue por parto extra hospitalario y murió por asfixia mecánica, tipo de muerte violenta.
Además, a la mujer le practicaron una prueba de ADN para cotejarlos con el bebé fallecido y arrojó que se trataba de su hijo de entre 24 y 35 semanas de gestación, lo que equivale a 7 u 8 meses, y se trató de un neonaticidio.
Sin apelación. El Juez Quinto de Control de Garantías durante su intervención para imponer la medida de aseguramiento, aseguró que la mujer oriunda de Chaparral, “no le dio la oportunidad de llorar a un niño”.
Además, que como nació vivo, así lo demostró el dictamen de necropsia, la fémina le corto al bebé el derecho que tenía como ‘personita’ de vivir.