La Procuraduría General solicitó al Consejo de Estado remitir al Tribunal Administrativo de Cundinamarca el proceso de nulidad electoral contra el ministro del Interior, Daniel Palacios Martínez, al considerar que es el juez competente para adelantar el proceso en primera instancia.
«Para el Ministerio Público, tratándose de la salvaguarda del principio del juez natural dentro del presente caso, considera procedente que el juicio de legalidad del Decreto 033 de 12 de enero de 2021, mediante el cual se hizo el nombramiento del Ministro del Interior, debe recaer, en primera instancia, en el Tribunal Administrativo de Cundinamarca», reposa en el documento.
Así mismo el ente de control, enfatizó que la intervención del Ministerio Público estará direccionada a garantizar el acceso material, igualitario y adecuado a las mujeres en los altos cargos del Estado.
Los demandantes argumentaron que el nombramiento de Palacios Martínez no tuvo en cuenta la Ley de Cuotas y que se desconoció que el 30% de los ministerios debe estar representado por mujeres.
«Se infringieron las normas en las que debía fundarse el Decreto 033 de 12 de enero de 2021, por cuanto no se tuvo en cuenta en cuenta la Ley de Cuotas, así como los artículos 13, 40, 43, 93 y 209 de la Constitución Política, esto es, que se desconoció por el Presidente de la República, que el 30% de los Ministerios debe estar representado por mujeres», aseguraron los demandantes.
En ese sentido, la Procuradora Séptima Delegada ante el Consejo de Estado, Idayris Yolima Carrillo Pérez, emitió concepto frente a la solicitud de medida cautelar de suspensión provisional de los efectos del Decreto 033 del 12 de enero de 2021, por el cual se nombró al actual Ministro.
Respecto de la Ley de Cuotas, el Ministerio Público advirtió que la intervención allegada al alto tribunal buscará el cumplimiento de las normas que garantizan la participación de las mujeres en las altas esferas del poder público. “Todas las entidades estatales del nivel territorial y del nivel central, sin excepción, están obligadas al cumplimiento de estas normas”.
Para el ente de control, la cuota de género consignada en los parámetros normativos es una conquista que se ha formalizado y en la que se avanza de manera progresiva al interior de la sociedad, para eliminar los estereotipos patriarcales predominantes en todos los ámbitos decisorios de la vida.
A juicio del ministerio público, dicha regulación saldó, parcialmente, una deuda histórica con las mujeres, habida cuenta que durante varios siglos les fue cercenado el derecho a decidir, no solo desde la consideración de sus gustos; sino también, desde su proyecto de vida. Con esta reglamentación se abrió camino a la consideración absoluta de ver y valorar a la mujer como una persona capaz de auto determinarse y de disponer en beneficio de los demás, en torno al interés colectivo y social.