Los preacuerdos: ¿Justicia a medias?

Justice scale on wooden table with judge and client shaking hands in background at courtroom

IBAGUÉ. Dentro del sistema penal acusatorio que en el Tolima se implementó a partir del 1 de enero de 2007, nacieron los preacuerdos. Se basan en aceptar los cargos mediante un acuerdo, con beneficio bilateral, lo que significa que la Fiscalía y el procesado e incluso las víctimas, reciben beneficios, pues es una manera anticipada de terminar un proceso y lograr una codena.
Sin embargo, varios preacuerdos han sido cuestionados por la rebaja en las condenas, lo cual genera indignación en las víctimas que se sienten defraudadas por el actuar de la justicia. Uno de esos casos, es el de Juan Bernardo Mejía Flomin, quien quedó en estado vegetativo y sus victimarios fueron favorecidos, dentro del marco legal, de condenas muy bajas y otros beneficios penales.
Uno de los principios de los preacuerdos es no desprestigiar la administración de justicia, que estén dentro del término de legalidad para llevar un mensaje positivo a la sociedad y no lo contrario, como infortunadamente ocurrió con el caso de Juan Bernardo y otros.
Q’HUBO dialogó con el jurista Jorge Enrique Lozano Guarín, quien se refirió a la polémica por el sonado caso que revivió el programa Séptimo Día, donde la víctima quedó en estado vegetativo y sus ‘verdugos’ firmaron preacuerdos, con los cuales los familiares del joven afectado no estuvieron de acuerdo.
Lozano Guarín señaló que los preacuerdos son: “Una figura propia del sistema penal acusatorio, conocidos como ‘justicia premial’. A la persona se le otorga una rebaja para que haya una justicia pronta. Por esa aceptación de cargos, le otorgan una rebaja”.
Y agregó que es en la rebaja donde “vienen los que hacen populismo jurídico, es ignorancia porque desconocen el sistema penal acusatorio, porque si uno mira los preacuerdos, fueron aceptados por un Juez y el Tribunal, así uno de los Magistrados no esté de acuerdo”.
Además, enfatizó el profesional del derecho que sin esas rebajas o sino existiera la justicia premial, “el sistema acusatorio estaría absolutamente colapsado”.
Lo anterior, por la gran cantidad de procesos que lleva cada fiscal, despacho judicial y hasta los defensores públicos. Tal es la carga, que algunos tienen casos de hasta 500 carpetas o igual número de procesos.
En cuanto a las rebajas otorgadas en los acuerdos, indicó que “eso tiene un control, tiene unos límites, quien los controla es el Juez de Conocimiento, ante quien es presentado el preacuerdo. Si al fiscal se le fue la mano, no lo aprueba, igual tiene una segunda instancia”.
Por último, refiró que en algunos delitos que son contra el patrimonio económico, si no se indemniza, no se puede preacordar y en los casos donde se hacen los preacuerdos y no se indemniza, las víctimas pueden iniciar el incidente de reparación integral y se concede el pago de perjuicios, pero en algunos casos, si la persona no posee bienes, no puede pagar.

¿Qué es un preacuerdo penal?

En los preacuerdos o negociaciones entre la Fiscalía y el procesado, este último renuncia al derecho a refutar la acusación y admite su responsabilidad; evita irse a un juicio y el desgaste de la administración de justicia. La ley faculta a la Fiscalía para que premie al procesado, pero los beneficios son bilaterales, pues el ente acusador termina de manera anticipada un proceso penal.
En los acuerdos, el investigado acepta el cargo, la Fiscalía puede establecer la pena de prisión y multa, y le degrada la participación de autor a cómplice. En otros casos, la Fiscalía solo firma el preacuerdo con el procesado, pero es el Juez quien puede establecer el tiempo de prisión.

¿Cuándo se pueden efectuar, en qué etapa procesal?

Los preacuerdos se pueden efectuar hasta antes de que haya un sentido de fallo, incluso cuando se esté en la etapa de juicio oral. Es de recordar, que todo preacuerdo lleva a una condena penal.

Dato

Cuando hay incremento patrimonial, se le debe exigir al procesado el reintegro de dineros. La Corte Suprema de Justicia se pronunció y señaló que los preacuerdos se pueden efectuar entregando la mitad del dinero y estar asegurado el pago del otro 50 por ciento de ese reintegro.

 

Modalidades de los preacuerdos

La Fiscalía es autónoma y como es la encargada de la acción penal, puede efectuar las siguientes acciones que están dentro del marco legal:

1. Degradar la participación del procesado de
autor a cómplice.

2. Quitar un agravante. Elimina un delito menor u otra falta, además puede mutar o variar el delito imputado, pero debe estar dentro del mismo bien jurídico tutelado, esto significa que por ejemplo en el caso de las tentativas de homicidios pueden pasar a lesiones personales dolosas, lo que equivale a un beneficio.

3. Reconocer las circunstancias de marginalidad. En este punto el ente acusador expidió una
directriz, unas reglas para concederlas entre las que están verificar si se acredita la situación de extrema pobreza.

4. Reconocer cualquier circunstancia que pueda reducir la pena, en una proporción se puede
dar ese beneficio.

Hay excepciones

En los delitos sexuales cuando las víctimas son menores de 14 años de edad, según lo establece el artículo 1098 de Infancia y Adolescencia, y las extorsiones, secuestros, terrorismo y delitos conexos, se les prohibe concederles una rebaja.
Lo que hacen los togados es no aplicar la Ley 890 de 2004, la cual incrementó las penas. Así las cosas, aunque los procesados no reciben una rebaja en la condena, la misma no se incrementará.

Algunos preacuerdos que causaron polémica

Condena contra los primos Troncoso: Los primos César Alejandro Troncoso Camacho y Mario Troncoso Troncoso, mediante preacuerdo, aceptaron su participación en la brutal agresión contra Juan Bernardo Mejía Flomin (Fotos), ocurrida a las 5 de la madrugada del 26 de octubre de 2014 en el Rancho San Miguel, vía al Aeropuerto Perales, donde departían los tres jóvenes involucrados. Mejía Flomin, al parecer, ingresó al baño de mujeres donde estaban las amigas de los primos Troncoso y esto suscitó una confrontación. Troncoso Camacho le pegó con un palo de escoba a Juan Bernardo, mientras su primo agredió con un ladrillo a la víctima, de entonces 24 años de edad.
Mario Troncoso Troncoso firmó un preacuerdo por tentativa de homicidio donde le reconocieron el exceso de la legítima defensa y fue condenado a tres años y 11 meses de prisión y le otorgaron el beneficio de la prisión domiciliaria. En la actualidad está en el incidente de reparación integral.
En el caso de Troncoso Camacho, también firmó un preacuerdo, hubo una variación de la conducta punible y fue condenado por el delito de lesiones personales con deformidad permanente, y se indicó que pagaría una indemnización de 100 millones de pesos, la cual no ha cancelado en su totalidad. También se le concedió el beneficio de la prisión domiciliaria y permiso para estudiar y trabajar.

Condena contra el hijo de ‘El socio’

Un caso que causó revuelo en Ibagué, fue el preacuerdo entre Juan Diego Restrepo González, hijo del reconocido narcotraficante Eduardo Restrepo Victoria, alias ‘El Socio’, quien luego de firmar un preacuerdo con la Fiscalía, fue condenado a tres años y cinco meses de prisión en su casa y con un permiso para estudiar derecho, por el delito de tentativa de homicidio, donde se le reconoció el atenuante de ira e intenso dolor. Restrepo González aceptó que para el 9 de marzo de 2016, luego de celebrar el ‘Día de la Mujer’ con su entonces novia, la atacó con un objeto cortopunzante. Su compañera sentimental en esa época era la modelo ibaguereña Daniela Melo Martínez. El hecho ocurrió al interior de la torre Uno, apartamento 401 del conjunto residencial Terekay. El fallo fue apelado y confirmado por la Sala Penal del Tribunal Superior de Ibagué y el abogado de la víctima interpuso el recurso extraordinario de casación ante la Corte Suprema de Justicia.

 

Condena conra ‘La Mariposa’

Duberney Grajales Giraldo, alias ‘La Mariposa’, fue condenado mediante preacuerdo a 11 años y dos meses de prisión por los delitos de homicidio y fabricación, tráfico o porte de armas de fuego o municiones. Grajales Giraldo aceptó que el 15 de julio de 2013 asesinó de un disparo a Brayan Camilo Tapiero Rodríguez frente a la manzana 14 casa 3 del barrio Nueva Castilla.
Los familiares del occiso, un joven ornamentador, no estuvieron de acuerdo con el tiempo de prisión, por el dolor que representaba la muerte violenta a manos de quien fuera su vecino.

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