Juzgado de Ibagué falló a favor de Álvaro Villalba

Después de mucho insistir, el reconocido músico Álvaro Villalba, del inolvidable dueto Silva y Villalba, logró que el Juzgado Tercero Penal de Ibagué fallara a su favor para acceder al servicio de enfermería domiciliaria. La decisión se tomó luego de que en primera instancia, se le negara el amparo al maestro. 

Le negaban el servicio

El icónico maestro que representó con orgullo a la música colombiana, quedó en el olvido de los entes culturales y del sistema de salud. Aunque Álvaro Villalba Castro integró uno de los más importantes duetos en la historia músical del país, su vejez no ha sido nada fácil, sobretodo a la hora de recibir la atención médica que por derecho le corresponde. 

A sus 88 años, lidia con la enfermedad de Párkinson y también padece de hipertensión, lo que ha requerido una atención especial de su esposa, quien también es adulta mayor y además de buscarse el sustento administrando una tienda, sufre de dolores lumbares.

El 13 de febrero, ante los quebrantos de salud de don Álvaro, la pareja acudió hasta un centro de salud de Ibagué, donde el médico de turno determinó la necesidad del servicio de enfermería para el paciente. 

Sin embargo, al tramitar la autorización en la EPS Coomeva, donde está afiliado, el médico adscrito a la entidad refirió que el músico no contaba con los criterios para ordenarle el turno de auxiliar de enfermería, ya que los cuidados debían ser brindados por su cuidador primario, es decir, su esposa María Cecilia Arciniegas. 

La lucha jurídica

Con la tutela interpuesta por el abogado Joaquín Torres, el Juzgado Tercero Penal Municipal del Circuito de Ibagué revocó la decisión del Juzgado Trece Penal Municipal de Ibagué, por lo que Coomeva deberá asignarle un cuidador al Maestro Villalba, servicio que, de manera inicial, tendrá durante ocho horas diarias. 

Esto bajo el argumento de que es evidente la condición de dependencia del paciente, cuyo núcleo familiar está conformado solo por su esposa de 66 años. Además, se tuvo en cuenta que el ingreso de la pareja parte de una pensión cotizada sobre el salario mínimo, por lo que es imposible pagar un servicio médico particular. 

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