La Procuraduría General de la Nación formuló cargos al exalcalde de Villahermosa, Carlos Evelio Herrera García, (2012- 2015), por presuntas irregularidades en un contrato de comodato para el uso y goce de un inmueble de propiedad del municipio.
Al investigado se le reprochó por presuntamente desconocer la restricción legal que establece que las administraciones municipales pueden utilizar esa figura jurídica, para entregar en comodato sus predios únicamente a entidades públicas, y las demás autorizadas en el artículo 38 de la Ley 9 de 1989.
Entre las presuntas normas transgredidas la Procuraduría Provincial de Honda citó el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia, que señala que “la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de (…) moralidad (…)”.
Así mismo, el numeral 4 del artículo 26 de la Ley 80 de 1993, que determina que “los servidores públicos tendrán en consideración que al celebrar contratos y con la ejecución de los mismos, las entidades buscan el cumplimiento de los fines estatales, la continua y eficiente prestación de los servicios públicos y la efectividad de los derechos e intereses de los administrados que colaboran en ellas en la consecución de dichos fines”.
En esta etapa procesal, la posible falta del investigado fue calificada como gravísima con culpa gravísima, por desconocimiento de normas de obligatorio cumplimiento. Herrera García podrá solicitar o aportar las pruebas que considere pertinentes para su defensa.