IBAGUÉ. En audiencia pública ante el Juez Séptimo Penal Municipal se presentaron mediante citación judicial 10 personas que al parecer habrían participado en la exoneración del pago de comparendos de tránsito, alterando de paso el archivo informativo de la Secretaría de Tránsito de Ibagué.
Las personas que se hicieron presentes a la diligencia judicial son: Carlos Alberto Rojas Erizalde, Yira Karina Henao Bravo, Luis Eduardo Rodríguez Tafur, Noel Mauricio Sabogal Bedoya, Joselito Acosta Urueña, Javier Fernando Escobar Montoya, Esteban Barragán Flórez, Armando López Rojas, Luis Eduardo Ramírez Bernal y la abogada Karen Paola Sánchez Palma.
Según reveló el Fiscal 34 de delitos contra la administración pública, una persona de forma anónima se acercó a la Fiscalía y denunció que una empleada de la Secretaría de Tránsito Municipal, exoneraba el pago de comparendos, alterando el archivo sistematizado del mismo.
La información fue verificada por parte del secretario de Tránsito, Alfonso Pineda, quien encontró para su sorpresa que varios de los comparendos que estaban en etapa de cobro coactivo habían sido exonerados del pago de los mismos, sin ningún acto administrativo que lo demostrara.
Es por esto que la Fiscalía señaló a la abogada Karen Paola Sánchez Palma, quien para la época de las irregularidades manejaba el sistema y tenía la clave para el manejo de los programas, con los que al parecer libraron del pago de las multas de tránsito a varias personas, donde otorgaba un código que según pesquisas del ente acusador era repetitivo en la mayoría de exoneraciones de los comparendos.
El ente acusador achacó a la profesional del derecho Sánchez Palma los delitos de cohecho propio, supresión u ocultamiento de documento público y falsedad ideológica en documento público, en concurso heterogéneo. Y para los demás presentes el delito de cohecho por dar y ofrecer, los cuales no aceptaron.
¿Qué es una imputación?
En derecho penal es el acto mediante el cual se acusa formalmente a una persona por un delito. A partir de ese momento la persona puede ejercer su derecho a la defensa si llegara a enfrentar un juicio oral, donde por medio de pruebas y testigos buscará su probar su inocencia en el caso.