REDACCIÓN Q’HUBO
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El Tribunal Administrativo del Tolima confirmó la sentencia proferida en junio de 2021 a través de la cual el Juzgado Cuarto Administrativo del Circuito de Ibagué, amparó los derechos colectivos y al goce del espacio público, entre otros, a la comunidad del barrio Limonar, debido al mal estado de varias vías.
“Estoy muy feliz porque los políticos ya no pueden venir a prometer que van a pavimentar las calles. Ahora el Ibal y la Alcaldía sí o sí deberán dar solución”, expresó Amparo Rivera, presidenta de la Junta de Acción Comunal y quien instauró la Acción Popular.
Y agregó: “Cero y van dos porque gracias a una decisión Judicial también remodelaron el polideportivo. Queda faltando luchar por una calle, donde se ubica mi casa, que se está rompiendo, pero en los próximos días radicaré una acción de Tutela”.
Es de recordar, que la Alcaldía y la Empresa Ibaguereña de Acueducto y Alcantarillado, Ibal, habían apelado el fallo.
La primera entidad argumentó disconformidad, expresando, entre otros, que la sentencia de primera instancia desconocía “la importancia de respetar la ejecución del plan de desarrollo y su ejecución programática, pues cada proyecto debe encontrarse ajustado no solo a derecho, sino a reglas presupuestales y de contratación que deben ser valoradas en aras de no afectar la ejecución de demás obras anteriormente enlistadas”.
Por su parte, el Ibal indicó que el sistema de alcantarillado descrito por la accionante, no advertía un diagnóstico crítico de la red.
Además de que por tener “recursos económicos limitados, se generó la necesidad de planear mediante la utilización de criterios técnicos los tramos de redes de acueducto y alcantarillado a intervenir de manera prioritaria”.
Aunque los magistrados no desconocieron las erogaciones presupuestales que implica efectuar las obras de reposición de la red de alcantarillado en el sector, argumentaron que “no se puede perder de vista que, esta problemática data de más de 10 años, lo cual implica, la necesidad de disponer de las apropiaciones presupuestales para su intervención; situación de la que tampoco es ajeno el Municipio de Ibagué, pues es claro que, también ha tenido conocimiento de la problemática (…)”. Habrá que esperar si se concretan las obras.
CALLES A INTERVENIR
La Administración municipal y el Ibal deberán reponer la red de alcantarillado y pavimentar la carrera 6B de la calle 56 a la 59; calle 59 de la 6A a la 6B y de la 6B a la 7. También la carrera 6A de la calle 58 a la 60 y la calle 58, entre la 5 a la 6A y a la 6B.
LA CIFRA
2 años tomó el Tribunal para emitir el fallo de segunda instancia.
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