Acusación en veremos

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IBAGUÉ. El descubrimiento de pruebas de la Fiscalía en contra del ex coronel Joaquín Aldana Ortiz no pudo efectuarse el viernes como estaba previsto en la audiencia de formulación de acusación, por cuenta de la nulidad que pidió la defensa de la forma en que se recaudó información confidencial a través de interceptaciones telefónicas y el acceso al historial médico del ex oficial.

El Fiscal 53 de Derechos Humanos, la representante del Ministerio Público y el abogado de las víctimas se opusieron a la nulidad solicitada por el abogado Jorge Enrique Lozano Guarín, la cual fue denegada por el Juez Primero Penal del Circuito, quien ratificó la decisión al resolver el recurso de reposición que rogó la defensa.

Así, la audiencia que se inició a las 2:45 de la tarde y se agotó dos horas después, pasó a un cuarto intermedio y se reanudará una vez la Sala Penal del Tribunal Superior de Ibagué resuelva el recurso de apelación que el abogado del ex coronel elevó en contra de la providencia proferida por el Juez de Conocimiento.

Aldana llegó al Palacio de Justicia alrededor de las 2:00 de la tarde, sin dar declaraciones a los medios sobre la diligencia judicial en que la Fiscalía lo iba a acusar formalmente de homicidio agravado por el crimen de su esposa Erika Yeneris.

La audiencia en la que se preveía como ‘plato fuerte’ la lectura de pruebas por parte de la Fiscalía, terminó una vez el Juez concedió la apelación en efecto suspensivo, dejando en ascuas a la concurrencia que abarrotaba la Sala 7 del tercer piso del Palacio de Justicia.

 

 

Pedido de nulidad

 

La nulidad fue pedida, entre otras cosas, “por violación al derecho a la defensa” durante la audiencia reservada efectuada el 24 de diciembre último en Bogotá, en la que un Juez de Garantías autorizó la búsqueda selectiva en base de datos de los abonados telefónicos del entorno laboral, profesional y afectivo del ex coronel, así como en su historial médico.

El abogado que representa a Aldana argumentó que la diligencia se iba realizar a las 3:00 de la tarde y se le informó solo con dos horas de anticipación. “A uno no lo pueden invitar a donde no puede llegar”, sostuvo al señalar que era imposible trasladarse en ese lapso de Ibagué a Bogotá.

Según Lozano Guarín, tratándose de información confidencial, la audiencia no se podía realizar a espaldas de la defensa. “No pueden realizarse diligencias si no están los adversarios”, aseveró, tras señalar que la decisión del Juez de Garantías que el pasado 8 de febrero legalizó los resultados de la búsqueda en base de datos, está en apelación por cuanto se violaron derechos fundamentales.

 

Decisión del Juez de Conocimiento

 

 

El Juez Primero Penal del Circuito observó que el principio de trascendencia no está presente y a la defensa se le permitió el derecho de controvertir en la audiencia de control posterior, tanto que apeló la decisión del Juez de Garantías que legalizó las pruebas recaudadas.

El togado consideró que no es la etapa procesal para la nulidad, porque lo que realmente se ataca es la legalidad de la prueba, pero que la presencia de la defensa no era necesaria y sería advertirla, por lo que determinó como improcedente la solicitud, pues “sería revivir un acto procesal que ya precluyó”.

Así, el Tribunal Superior de Ibagué decidirá si resuelve a favor la nulidad, como lo pide la defensa, o por el contrario la desestima, como lo hizo el Juez de Conocimiento y lo solicitaron la Fiscalía, la Procuraduría y el representante de las víctimas.

 

 

¿Artilugios procesales?

 

El representante de la parte acusadora, Álvaro José Galindo, señaló que se trataba de la búsqueda de elementos de juicio para la investigación y que la sede para las objeciones de la forma como fueron obtenidas las pruebas es en la audiencia preparatoria del juicio oral.

La procuradora judicial Marta Patricia Castellanos, a su vez, sostuvo que no era imperativa la presencia de la defensa en la audiencia llevada a cabo el 24 de diciembre, y resaltó que como la controversia se centra sobre los resultados de la actividad investigativa, la solicitud de exclusión de la evidencia es lo que corresponde.

El abogado Fulton Edison Franco Vélez, en representación de la progenitora de Erika Yeneris, calificó como un absurdo plantear que la Fiscalía le avise a la defensa que se van a realizar allanamientos o interceptaciones telefónicas, y dijo que ello se trata de una “estrategia” del abogado de Aldana. “Antes fue elegante la Fiscalía”, remarcó el letrado.

 

 

Edwin Ballesteros

 

 

 

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