Juez tuteló derechos fundamentales a personal e internos del Coiba

El Juzgado Tercero Administrativo Oral del Circuito de ibagué falló una acción de tutela en la cual amparó el derecho fundamental al trabajo en condiciones dignas y la vida en condiciones dignas, y a la salud del personal de guardia y la población privada de la libertad  del Coiba de Picaleña.

“El Juez de tutela ordena a la Dirección General del Inpec el cumplimiento con los elementos de protección necesarios para el Covid-19 para el personal uniformado, administrativo, auxiliares, prestadores del servicio del Inpec y para el personal privado de la libertad”, afirmó Alejandro Durán, representante de la Asociación Sindical Unitaria de Servidores Públicos del Sistema Penitenciario y Carcelario Colombiano (UTP) de Ibagué. El funcionario interpuso la acción legal.

Según Durán, “en esta tutela se incluye a la ARL Positiva, la Secretaría de Salud de Ibagué, la Uspec (Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios) y la empresa prestadora de salud al personal privado de la libertad”.

Además, el recurso ratifica las medidas cautelares que había decretado en abril como lo son las remisiones nacionales y locales, y el cumplir con todos los protocolos emitidos por el Ministerio de Salud.

“Aplaudimos este fallo ya que beneficia el personal privado de la libertad. Ahora nos queda esperar el cumplimiento del fallo urgente por parte de los tutelados con el seguimiento de los entes de control”, concluyó Durán.

¿Qué ordenó?

En la decisión, el Juzgado ordena al representante legal de la compañía de seguros Positiva que en un término de 48 horas realice una evaluación de los útiles de bioseguridad establecidos por el Inpec y determine si están acorde con los lineamientos técnicos para la prevención y contención del Covid-19.

Además, ordena que se compren los equipos de protección para los funcionarios del centro carcelario, personal administrativo y auxiliares bachilleres del Inpec que desempeñan labores en el Coiba.

Al Inpec

Luego de recibir las recomendaciones de la ARL Positiva cada mes, deberá suministrar a los funcionarios los elementos de protección y abstenerse de autorizar traslados a nivel nacional, hasta que se practique las pruebas a los privados de la libertad y confirmen un resultado negativo.

En cuanto al Uspec, deberá suministrar a los internos, todos los elementos de higiene personal como: jabón líquido, alcohol glicerinado, toallas desechables. Además de realizar constante limpieza y desinfección en las áreas comunes.

Asimismo, el representante legal del Consorcio Fondo de Atención en Salud PPL 2019, debe suministrar a todos los internos los elementos de bioseguridad para 30 días o hasta que sea superada la emergencia por la pandemia.

Traslados locales

La tutela ordena al director del Coiba de Picaleña, abstenerse de recibir a los privados de la libertad que están en centros de reclusión de la Policía, Ejército, Fiscalía, mientras dure la pandemia o hasta que se  hayan practicado las pruebas y sean negativas.

De salir negativa y ordenarse el traslado, el interno deberá estar aislado en un sitio definido durante 14 días y luego se le tomará de nuevo la prueba.

Verificaciones y seguimiento

En lo que respecta a la Secretaría de Salud de Ibagué, la tutela ordena continuar con la evaluación y verificación de los lineamientos y protocolos en salud para el control y prevención de casos por Covid dentro del centro carcelario, remitiendo un informe mensual.

De la misma manera, la Defensoría del Pueblo le ordena hacer un seguimiento virtual o presencial de las órdenes emitidas en el fallo de tutela, remitiendo el informe mensual al Juzgado.

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