Celsia deberá informar los beneficios de pago de sus recibos, avalados por el Gobierno

Salomón Torres, usuario que interpuso la tutela.

El Juzgado Sexto Administrativo del Circuito de Ibagué resolvió en una acción de tutela interpuesta por un usuario de Celsia en la ‘Ciudad Musical’, que la empresa prestadora del servicio de energía deberá informar los beneficios de pago a los que pueden acceder los ciudadanos, y que son avalados por el Gobierno Nacional.

La sentencia indica que el representante legal de Celsia S.A. E.S.P deberá “brindar la información mínima de que trata el artículo 6 de la resolución 058 expedida el 14 de abril del 2020 por la CREG, a todos los usuarios que son beneficiarios de la prestación del servicio de energía, información que deberá ser publicada en la página web oficial de la entidad y de ser posible en las facturas físicas y electrónicas a través de las cuales se recauda el pago del enunciado servicio”.

Cabe resaltar que dicha tutela fue interpuesta por Salomón Torres Álvarez, a través de su hijo, Joaquín Torres, quien expuso que funcionarios de Celsia “no permiten al accionado, ni a ningún tipo de usuario diferir el pago de sus facturas a 24 meses si son de estratos 3 y 4, o a 36 meses si son de estratos 1 y 2, pues no tenían la obligación de hacerlo”.

Así las cosas, la tutela resolvió “amparar el derecho fundamental de información veras e imparcial del señor Salomón Torres Álvarez y todos los usuarios de Celsia”, por lo que ordena brindar la información mínima del artículo ya mencionado.

Éste habla según el Gobierno de “con la factura y en la página web del comercializador, informar al usuario como mínimo lo siguiente: condiciones de aceptación de la opción de pago diferido, tasa de financiación aplicable, fecha de inicio del pago, período de pago y opciones de pago anticipado del valor diferido.

Una vez se empiecen a realizar los pagos, el comercializador deberá informar al usuario, con la factura, lo siguiente: valor a pagar en la factura, el saldo total a pagar, la fecha de inicio y finalización de pagos, el plazo de pago y demás condiciones relacionadas con el financiamiento de la factura”, aclara el artículo.

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