REDACCIÓN Q’HUBO – qhuboibague@gmail.com
El próximo 13 de marzo cerca de 39 millones de colombianos estarán habilitados para ejercer su derecho al voto en las elecciones de Cámara de Representantes y Senado de la República, cuerpos colegiados que conforman el Congreso de Colombia, rama encargada de elaborar leyes, reformar la Constitución, realizar control político al poder Ejecutivo, en cabeza del presidente, entre otras funciones.
Decenas de candidatos de diferentes partidos políticos y regiones del país aspiran a lograr un escaño en alguno de los dos estamentos que legislarán en Colombia durante los próximos cuatro años. De ahí que estas elecciones revistan igual importancia que las presidenciales, razón por la cual es importante que los ciudadanos asistan a las urnas de manera consciente y ejerzan su derecho constitucional al sufragio, eligiendo a quienes consideren que representan sus intereses.
Por ello Q’HUBO hizo una recopilación de algunos de los datos más importantes que usted debe tomar en cuenta a la hora de acudir a las urnas.
Lo que se elige
Un total de 108 curules para el Senado de la República y 187 para la Cámara de Representantes serán disputadas por los diferentes partidos políticos, colectividades y circunscripciones especiales. Cada ciudadano puede elegir un candidato a la Cámara y uno al Senado. Los diferentes partidos ponen a consideración a sus candidatos, mediante listas abiertas o cerradas.
De las 108 curules al Senado, 100 son para circunscripción nacional ordinaria; mientras que ocho son para las circunscripciones especiales de la siguiente manera: cinco para el Partido Comunes (como parte de la reincorporación política dispuesta en el Acuerdo de Paz); dos para electos por circunscripción nacional indígena y una curul automática dispuesta para el candidato que ocupe el segundo lugar en las elecciones presidenciales.
Por su parte, las curules a la Cámara de Representantes están distribuidas de la siguiente manera: 161 para elegidos por circunscripción territorial ordinaria (representantes de los 32 Departamentos y el Distrito Capital); cinco para el Partido Comunes (acuerdo de paz); dos para circunscripción especial de afrodescendientes; una para circunscripción nacional indígena; una para colombianos en el exterior y una para la fórmula vicepresidencial de quien ocupe el segundo lugar en las elecciones presidenciales.
Finalmente, las 16 curules restantes a la Cámara de Representantes son para Circunscripciones Transitorias Especiales, conformadas por víctimas del conflicto armado, ubicadas en los territorios Pdet más impactados por la guerra.
¿Cómo votar?
El 13 de marzo usted recibirá dos tarjetones, y tendrá la opción de hacer uso de un tercero, que es opcional. Los primeros dos tarjetones corresponden a las elecciones de Cámara de Representantes y Senado de la República. Cada cuerpo colegiado dispone de un tarjetón, en el cual usted debe seleccionar únicamente al candidato de su preferencia. Recuerde que en ambos casos, usted debe cerciorarse de si el partido de su preferencia posee una lista abierta o una cerrada.
¿Cómo identificarlo? Es muy fácil. Busque en el tarjetón la casilla con el logo del partido o circunscripción especial, y si aparece vacía, se trata de una lista cerrada, en cuyo caso usted solo debe marcar el logo del partido. Si por el contrario, el logo aparece con una casilla con números, significa que la lista es abierta, y usted debe marcar tanto el logo del partido, como el número del candidato de su preferencia.
El tercer tarjetón que usted puede solicitar es el de las consultas por partidos que buscan escoger los candidatos de varias colectividades a las elecciones presidenciales que se llevarán a cabo el 29 de mayo. Los partidos que ya anunciaron la realización de sus consultas son el Pacto Histórico, la Coalición Centro Esperanza y el Equipo por Colombia. Sin embargo, usted únicamente puede votar en la consulta de un partido. Por esto, al solicitar el tarjetón debe especificar el colectivo de su preferencia. En este caso la elección es más sencilla, solo debe escoger el candidato.
1. ¿Quiénes pueden votar?
Cualquier ciudadano mayor de 18 años, que tenga su documento de identidad inscrito en la Registraduría para sufragar, o personas que no hayan inscrito su cédula, pero la hayan expedido antes de 1988. Asimismo, pueden votar ciudadanos colombianos residentes en el extranjero, y extranjeros que hayan adquirido la nacionalidad colombiana. Por su parte, no pueden votar personas menores de 18 años, miembros activos de la Fuerza Pública, personas recluidas en centros carcelarios ya condenadas, ni personas que no hayan realizado la inscripción de sus cédulas.
2. ¿Cuándo es válido el voto?
Cuando en la marcación del tarjetón es claro por quién votó el sufragante. En este caso, cuando está marcada tanto la casilla del partido, en lista cerrada, como la de partido y del candidato en lista abierta. Si en el voto está marcado más de un candidato o partido, o el tachado está por fuera de las casillas, se declara voto nulo. Asimismo, si la lista es abierta, pero usted no marca un candidato en específico, el voto es válido para el partido o colectividad. Recuerde que cualquier marcación es válida, no necesariamente una ‘X’.
3. ¿Cómo sé dónde debo votar?
Si usted no ha cambiado su lugar de domicilio, probablemente su punto de votación sea el mismo de las últimas elecciones, únicamente quienes cambiaron de barrio, ciudad o país de residencia estaban obligados a realizar una nueva inscripción de sus documentos de identidad. Si nunca ha sufragado, o si desea cerciorarse de su lugar de votación, puede consultar en la página oficial de la Registraduría: www.registraduria.gov.co.
4. ¿Qué y quiénes son los jurados de votación?
Son ciudadanos elegidos al azar por la Registraduría Nacional del Estado Civil para encargarse de las mesas de votación. Cada mesa cuenta con seis jurados, que tienen como funciones inscribir a los sufragantes, entregar el certificado electoral y contar los votos. Generalmente, las personas elegidas son notificadas con anterioridad vía correo electrónico o por teléfono, pero es importante consultar si es jurado en la página de la Registraduría, ya que de serlo y no asistir a cumplir el requerimiento, se puede hacer acreedor a cuantiosas multas. Los jurados de votación pueden votar en las mesas donde fueron asignados, aunque no sea su lugar inscrito, y tienen derecho a un día de descanso laboral, bajo acuerdo de fecha con su empleador.
TOME NOTA
- Este año, las circunscripciones especiales indígenas y afrodescendientes tendrán sus propios tarjetones independientes para Cámara de Representantes y Senado de la República. Cualquier ciudadano puede votar por candidatos de alguna de estas colectividades, en cuyo caso no puede reclamar el tarjetón de las circunscripciones ordinarias para votar por otro partido.
- El voto en blanco no se suma al candidato con mayor votación. Es igual de válido a marcar a cualquier candidato. En caso de ganar el voto en blanco, tendría que repetirse una elección, con candidatos distintos.
DATO
Entre el 13 de enero y el 13 de febrero se realizaron los sorteos y la publicación de listados de elegidos para jurados de votación.
LA CIFRA
2 millones, 611 mil nuevas cédulas fueron inscritas para las elecciones de 2022.